El Real e Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos de Sevilla, constituido con carácter representativo y estructura democrática, es una Corporación de Derecho Público reconocida y amparada por el Artículo 36 de la Constitución, y regulado por la Ley Estatal sobre Colegios Profesionales de 13 de febrero de 1974, y modificaciones posteriores, y Ley 10/2003, de 6 de noviembre, de la Junta de Andalucía. Goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, con independencia de las distintas Administraciones Públicas, de las que no forma parte, sin perjuicio de las relaciones que con las mismas legalmente les corresponda.
De conformidad con el artículo 3 de los Estatutos, son fines y funciones del Colegio los siguientes: